La cédula acredita que una vivienda reúne las condiciones mínimas para vivir en ella. En Mallorca la expide el Consell. Tipos, vigencia y cuándo se pide.
La cédula de habitabilidad es el documento que reconoce que una vivienda reúne las condiciones mínimas para ser habitada: superficies, ventilación, iluminación, servicios sanitarios y suministros. En Mallorca la expide el Consell de Mallorca, a través de su departamento de Territorio, que tiene atribuida esta competencia desde la Ley 9/1990.
Cuándo se la van a pedir
Es obligatoria para usar una vivienda como tal, y aparece en momentos muy concretos. Sin una cédula vigente, las compañías no dan de alta nuevos suministros de agua, electricidad o gas. También se exige en los trámites de alquiler turístico, y es uno de los documentos que casi siempre se piden al vender o alquilar una vivienda.
Conviene no confundirla con otros papeles. La cédula no acredita que la vivienda sea legal desde el punto de vista urbanístico, que es una cuestión distinta. Tampoco es lo mismo que la licencia de primera ocupación, que concede el ayuntamiento cuando inspecciona un edificio nuevo terminado.
Tres tipos de cédula
- La de primera ocupación, para viviendas nuevas o que salen de una obra de gran alcance, como una rehabilitación integral o un cambio de uso.
- La renovación se pide cuando la cédula anterior ha caducado y la vivienda no ha tenido cambios importantes desde entonces.
- Las viviendas antiguas que nunca la tuvieron pueden obtener la de carencia, prevista para edificaciones terminadas antes del 1 de marzo de 1987.
La cédula tiene una vigencia de diez años. Pasado ese plazo hay que renovarla: un técnico visita la vivienda, comprueba que sigue cumpliendo las condiciones y firma la documentación que se presenta al Consell, con fotografías actuales y los datos catastrales.
Cómo se tramita
La solicitud se presenta ante el Consell de Mallorca, normalmente con cita previa, junto con la documentación técnica. En una cédula de primera ocupación esa documentación incluye los planos y el certificado final de obra firmados por la dirección facultativa, además de la licencia de obras del ayuntamiento.
Por eso, en una obra nueva o una rehabilitación integral, la cédula es en la práctica el último paso del proceso: llega cuando el edificio está terminado y el final de obra firmado. Los formularios, tasas y plazos vigentes se publican en la sede electrónica del Consell, que es la referencia que conviene consultar en cada caso.